Se creó un programa para la promoción, protección y fomento de las expresiones de los artistas de paso en la ciudad
Puntos de Irrupción, incluyendo espacios comunitarios y barriales, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la Ordenanza y su reglamentación
Se designa como Autoridad de Aplicación de la Ordenanza a la Secretaría de Espacios Públicos y Protección Ciudadana, en conjunto con la Agencia de Cultura, o aquellas áreas municipales que en el futuro las sustituyan o reemplacen en sus funciones.
En cuanto a las funciones de la Autoridad de Aplicación, se establece que serán: fiscalizar y asegurar el cumplimiento de las condiciones previstas en la presente ordenanza; velar por el uso adecuado del espacio público, su higiene y la convivencia armónica entre artistas, frentistas y peatones; y realizar un relevamiento permanente y dinámico de las expresiones artísticas, a fin de visibilizar, acompañar y fomentar el talento artístico local, proponiendo políticas públicas orientadas al desarrollo cultural y turístico.
Además, se prevé que el Departamento Ejecutivo Municipal podrá celebrar convenios con organismos públicos, entidades privadas y organizaciones de la sociedad civil, con el objeto de garantizar el uso cultural de los EPA y brindar el acompañamiento institucional, técnico o logístico necesario para la efectiva implementación del presente Programa.
En la ocasión, los concejales Gonzalo Nieva (J), Agustina Álvarez Eichele y Laura Jorge Saravia (ambas de LLA) tomaron la palabra para fundamentar su voto negativo.
