Argentina, pionera en legislación antitrata, necesita una política criminal “más comprometida”
“Las herramientas legales están, lo que necesitamos es una política criminal más comprometida en rastrear las redes de trata para que las investigaciones no terminen en el regente del prostíbulo, a lo sumo”, dijo.
Para la exlegisladora y presidenta de la Comisión de Derechos de la Mujer de la Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA), los resultados de la lucha antitrata “no le hacen justicia” a ese pasado pionero que tuvo Argentina en materia de legislación a nivel internacional.
“No hay una activa reacción de combate a este flagelo y las sentencias se producen a cuentagotas en relación con los casos denunciados, que igualmente son pocos porque las mujeres son amenazadas con reprimendas contra su familia”, aseguró.
“Por eso, los fiscales tienen que tener una actitud más proactiva de búsqueda (del delito) porque si no, todo depende de la valentía de las víctimas que en general están destruidas física y psíquicamente. Si no hay un impulso de fiscales, las causas no aparecen y no es precisamente porque no haya trata, sino más bien todo lo contrario”, añadió la abogada.
La jurista resaltó que mientras cada cierto tiempo “surge la discusión en relación a la regulación del ejercicio de la prostitución, se oculta la falta de consentimiento de muchas mujeres que soportan esta esclavitud disfrazada de libre ejercicio de la prostitución”
Cada 23 de septiembre se conmemora el Día Internacional Contra la Explotación Sexual y la Trata de Personas en coincidencia con un aniversario más de la sanción en Argentina de la Ley 9.143 (1913), a instancias del diputado socialista Alfredo Palacios (1878-1965).
A principios del siglo XX y en pleno pico de la inmigración, la prostitución legal e ilegal experimentó también un inusitado auge.
Otro tanto ocurrió con la explotación de mujeres, una actividad que comenzaron a liderar redes europeas de “trata de blancas” en reemplazo de las mafias locales, aprovechando la miseria en la que vivían muchas ciudadanas de países de Europa del Este que se embarcaban rumbo a América engañadas con promesas de matrimonio o trabajo y la benigna legislación local.
Es que desde 1875 regía en la Ciudad una ordenanza que legalizó los prostíbulos, creó un registro de prostitutas, prohibió a las mujeres huir de estos lugares, y permitió el ejercicio por parte de niñas y adolescentes en tanto “se pruebe que antes de los 18 años se hayan entregado a la prostitución”.
“Se ha marcado a nuestra gran capital, de que tan orgullosos nos mostramos (…) como el campo de acción más lucrativo de esos personajes dedicados a la venta de esclavas blancas (…) que los gobiernos que dictaron leyes de residencia para los obreros que proclaman ideas avanzadas, toleran en nuestro suelo”, sostuvo en la sesión de diputados del 27 de mayo de 1907 Alfredo Palacios al defender la primera versión de la ley.
La presión internacional cristalizada años más tarde en el Convenio Internacional para la Supresión del Tráfico de Blancas (1910) apuró la sanción de la Ley Palacios.
“Argentina fue pionera en tener una legislación antitrata porque, por un lado, había un pequeño pero fuerte movimiento de mujeres feministas que empezaron a luchar por sus derechos de manera integral, no sólo por el divorcio sino también por los derechos civiles y políticos, y en ese marco tomaron el tema de la trata”, analizó Barbagelata.
Pero, además, en ese momento operaban dos redes transnacionales de trata, la polaca Zwi Migdal y la francesa Milieu, que “generaron un compromiso de lucha muy fuerte de las organizaciones de mujeres y algunas agrupaciones políticas que apoyaron, como el socialismo”.
La Ley Palacios penó la promoción o facilitación de la prostitución y la corrupción de menores “aunque medie el consentimiento de la víctima”, con penas que iban de los 3 a 15 años, según su edad.
Posteriormente, en 1936 se promulgó la Ley de Profilaxis (12.331) que prohibió los prostíbulos y está vigente hasta hoy aunque “es sistemáticamente violada”.
Pero no fue hasta bien entrado el siglo XXI que Argentina no tuvo una ley antitrata adaptada a los tratados internacionales, la Nº 26.842 de 2012 que “vino a poner fin a una legislación que era insuficiente” porque “bastaba que una mujer mayor 18 se retractara para que se archivara la denuncia”.
“Esa reforma hizo que se declara nulidad del supuesto consentimiento para mayores o menores de 18, y esto permitió que las causas de trata tuvieran un fuerte impulso”, concluyó la abogada.