Cobran hoy los jubilados y pensionados con ingresos superiores a $ 70.938 y DNI terminado en 4 y 5.

Los jubilados y pensionados con DNI finalizado en 4 y 5 y cuyos haberes superen los $ 70.938 podrán cobrar hoy el beneficio correspondiente a julio en las sucursales bancarias por ventanilla.

El haber incluye el aumento del 20,92% que se aplica desde el mes pasado previsto por la Ley de Movilidad, a lo que se debe sumar un bono de refuerzo entre $ 5.000 y $ 17.000, que permite que ninguna jubilación quede por debajo de los $ 87.938.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) recordó que, si bien los titulares no tienen que solicitar turno previo para cobrar este beneficio, deben acercarse a la sucursal bancaria únicamente en las fechas que corresponden según la terminación del DNI.

Anses modifica su reglamento interno para eliminar requisito de fe de vida

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) modificó su reglamentación interna con el fin de eliminar el requisito del trámite de fe de vida para el cobro de haberes, lo cual entró en vigencia ayer.

La Resolución 151/2023, publicada hoy en el Boletín Oficial, ratifica que los beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y del Sistema de Pensiones No Contributivas “no deberán realizar acción alguna para acreditar supervivencia o fe de vida ante las Entidades Pagadoras como condición para el cobro de sus prestaciones”.

A partir de esta disposición, los 7,3 millones de jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y los beneficiarios de pensiones no contributivas a cargo del organismo previsional pasaron a estar en igualdad de condiciones, ya que unos 3,2 millones estaban eximidos del trámite por sucesivas decisiones de los bancos donde cobran sus haberes en los últimos años.

La eliminación del requisito entró en vigencia ayer a partir de la Ley 27.721, la cual facultó, en su artículo 3°, a que la Anses dicte “las normas aclaratorias y complementarias pertinentes”, las cuales eran esperadas por los bancos para la correcta implementación de lo dispuesto en la ley.

En concreto, la resolución de hoy adecua, a través de dos anexos, el Procedimiento de Pago de Prestaciones de la Seguridad Social y el modelo de convenio de pago que la Anses mantiene con las entidades bancarias.

De todos modos, de las consultas realizadas por Télam la semana pasada a más de una docena de entidades, se desprende que el cumplimiento de la nueva legislación no representará dificultades, en parte porque cerca del 45% de los jubilados y pensionados ya no deben realizar el trámite y también porque los bancos que atienden al 55% restante ya estaban encaminados a facilitar el cobro de haberes.