El 70% de los pacientes con epilepsia puede tener una vida plena bajo un tratamiento adecuado
El 30% de las personas que no responden a las terapias con fármacos pueden recibir otros tratamientos, como la dieta cetogénica, que no sólo disminuye los episodios, sino que ayuda a mejorar el sueño y la calidad de vida.
El 30% de las personas que no responden a las terapias con fármacos pueden recibir otros tratamientos
Hasta el 18 de septiembre se conmemora la Semana Nacional de la Epilepsia. Con la celebración se busca informar y sensibilizar a la población sobre esta enfermedad y cómo impacta en la vida de quienes la tienen.
La epilepsia es una enfermedad cerebral crónica, no transmisible, que puede afectar a personas de todas las edades.
Es uno de los trastornos neurológicos más frecuentes y comunes. En una situación de crisis, la persona puede experimentar convulsiones, acompañadas por mordedura de lengua y emisión de orina.
En otras ocasiones, más leves, puede presentarse como una falta de respuesta a estímulos, mirada fija y ausente.
Se trata de una alteración neurológica transitoria, muy frecuentemente con alteración de la conciencia, ya sea como inconsciencia o como desconexión. En este último caso, la persona interrumpe brevemente lo que está haciendo, no responde adecuadamente y no tiene recuerdo de lo ocurrido durante ese lapso.
El 70% de los pacientes con epilepsia puede tener una vida plena bajo un tratamiento adecuado
El 30% de las personas que no responden a las terapias con fármacos pueden recibir otros tratamientos, como la dieta cetogénica, que no sólo disminuye los episodios, sino que ayuda a mejorar el sueño y la calidad de vida.
Por consultas sobre la temática, los interesados pueden escribir al correo electrónico del programa provincial de Atención Integral de Pacientes con Epilepsia: programaepilepsiasalta@gmail.com
Protección a los pacientes
La Organización Mundial de la Salud estima que en el mundo hay alrededor de 65 millones de personas con epilepsia.
En la Argentina, en el año 2001 se sancionó la ley 25.404, que establece medidas especiales de protección a las personas con epilepsia, garantizando el pleno ejercicio de sus derechos y proscribiendo todo acto discriminatorio hacia ellas.
La norma, además, establece que la epilepsia no será considerada impedimento para la postulación, ingreso y desempeño laboral, de acuerdo con su aptitud certificada por médico tratante.
Asimismo, las personas con epilepsia tienen derecho a acceder a los distintos niveles de educación sin limitación alguna.
En virtud de esta ley, la epilepsia quedó incorporada al Programa Médico Obligatorio, lo que significa que los pacientes sin obra social reciben la medicación en forma gratuita. Los pacientes que tienen obra social gozan de un descuento del 70%.
Recomendaciones
Ante una crisis epiléptica, se recomienda a quien esté junto al paciente:
· Mantener la calma
· Quitar objetos cercanos con los que pueda lesionarse
· Colocar algo blando debajo de la cabeza para evitar que se golpee
· Aflojar la ropa alrededor del cuello
· Colocarlo de costado para que respire bien
· Acompañarlo hasta que supere la crisis, que no dura más de dos o tres minutos, para dar paso a la recuperación gradual.
Lo que no se debe hacer es intentar inmovilizar por la fuerza a la persona en crisis, ni introducir objeto alguno en la boca. No es necesario efectuar respiración boca a boca, salvo que pasada la crisis convulsiva la persona no respire. No se debe dar agua ni pastillas durante la crisis.