Rechazan sobreseer a Cristina Kirchner de manera anticipada en el caso de los Cuadernos de las Coimas
La Justicia rechazó sobreseer de manera anticipada a Cristina Kirchner en la causa de los cuadernos de las coimas, esto es, antes del juicio oral en el que enfrenta la acusación de ser la jefa de una asociación ilícita que montó un sistema ilegal de recaudación de sobornos por parte de empresarios, a cambio de que mantuvieran sus contratos con el Estado.
Cristina Kirchner ya había usado esta maniobra para evitar otros dos juicios y el truco le había dado resultado: en octubre y noviembre de 2021 consiguió que dos tribunales orales la absolvieran sin juicio en los casos Hotesur y Los Sauces y la firma del Memorandun con Irán.
Sin embargo, esas decisiones fueron luego revocadas por la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, con la firma de los jueces Diego Barroetaveña y Daniel Petrone.
Esa decisión de la Casación, del 19 de septiembre de 2023, implicó que las dos causas donde se encuentra investigada la expresidenta vayan a juicio oral y público. La Corte Suprema de Justicia confirmó los fallos, pero las demoras de los tribunales orales federales N° 5 y N° 8 impidieron que, a dos años de ese fallo, comiencen los procesos.
Ahora, Cristina Kirchner intentó una estrategia similar en la causa de los Cuadernos de las Coimas, pero los jueces del tribunal oral federal N° 7 rechazaron su pretensión.
Los jueces Enrique Méndez Signori, Germán Castelli y Fernando Canero rechazaron su pedido de sobreseimiento por “cosa juzgada” presentado por la defensa de la expresidenta.
Cristina Kirchner sostuvo que en la causa Vialidad, donde fue condenada a seis años de prisión por fraude contra la administración pública por favorecer a Lázaro Báez con las licitaciones de obras públicas en Santa Cruz, también fue absuelta por el delito de asociación ilícita.
Su argumento era que, si fue absuelta por este delito en ese juicio, no podía ahora volver a ser juzgada por el mismo delito, por lo que se trata de una cosa juzgada, que quedó firme tras el fallo de la Corte Suprema de junio pasado.
Los jueces de la causa de los Cuadernos de las Coimas dijeron que los hechos imputados en ambas causas son diferentes y que, en todo caso, el asunto debe resolverse en el debate oral, que comenzará el próximo 6 de noviembre.
Los abogados Alberto Beraldi y Ari Rubén Llernovoy, que defienden a Cristina Kirchner, dijeron que la expresidenta no puede ser juzgada dos veces por el mismo hecho. Y señalaron que la absolución firme por asociación ilícita en la causa Vialidad constituía era una “circunstancia novedosa” que impedía seguir adelante con la acusación en su contra en el caso de los cuadernos de la coimas”.
Los defensores dijeron que Cristina Kirchner “fue acusada por la misma acción, esto es, tomar parte en una asociación o banda dedicada a cometer delitos indeterminados”, que en ambas causas se le asignó el rol de “jefa de la declamada asociación ilícita”, que comenzó en 2003 y culminó en 2015, y que esa organización, según la Justicia, “se constituyó para cometer una pluralidad indeterminada de actos delictivos que tenían por objetivo el enriquecimiento de sus miembros”.
La defensa concluyó que, dado que “Cristina Kirchner ya ha sido juzgada y absuelta en orden al mismo hecho que se le imputa en autos, corresponde que se haga lugar a la excepción de cosa juzgada”.
Sin embargo, el juez Méndez Signori en su voto, al que adhirieron sus colegas, rechazó esa pretensión al advertir, contra lo sostenido por Cristina Kirchner, que no hubo “identidad de persona, objeto y causa” en estos juicios.
La defensa “no logró poner en evidencia la identidad de objeto procesal”, señaló. Coincidió con la Fiscalía y la querella de la UIF en que la absolución en “Vialidad” es “inidónea”.
Méndez Signori remarcó que la cuestión debe ser resuelta en el juicio oral. Por su parte, el juez Castelli destacó que el planteo de la defensa es una “reedición de lo ya resuelto”.
El intento de Centeno
El mismo tribunal decidió también rechazar un intento similar de Oscar Centeno, el chofer del ex Ministerio de Planificación y autor de los “cuadernos de las coimas”, donde anotó el recorrido que hacía recogiendo los pagos de empresarios a exfuncionarios para mantener sus contratos de obra pública. Dijeron los jueces que deberá ir a juicio oral junto con Cristina Kirchner y el resto de los acusados.
El Tribunal Oral Federal N°7 rechazó su pedido de sobreseimiento anticipado y dio vía libre para el comienzo del proceso.
La decisión de los jueces Méndez Signori, Castelli y Canero, sostuvo que el pedido de la defensa de Centeno era «improcedente y prematuro.»
Centeno dijo que era un chofer y que no integró la asociación ilícita donde Cristina Kirchner está acusada de ser la jefa, sino que solo registró los viajes de los recaudadores. Dijo que la prueba nueva que habilitaba a pedir su sobreseimiento ahora es el peritaje que concluyó que los cuadernos eran de su autoría.
Pero el tribunal oral sostuvo que su planteo estaba “estrechamente vinculado a cuestiones de hecho y prueba, propias de la etapa de debate oral y público”.
En su voto, el juez Méndez Signori indicó que la defensa intentó introducir un “planteo diverso” bajo la figura de la excepción de falta de acción.
Dijo que solo en el juicio se zanjarán las dudas sobre la valoración de la prueba, la materialidad de los hechos y la participación del imputado. Allí se “ventilará la culpabilidad o inocencia bajo los principios de oralidad, publicidad e inmediación”.
La ley determina que para sobreseer sin juicio debe existir una nueva prueba inequívoca que despeje toda duda y un estado de certeza. Dijo el tribunal que no es el caso y que tiene el criterio de resolver estos asuntos en el juicio oral.
El voto de Méndez Signori, al que adhirieron sus colegas, mencionó los compromisos internacionales asumidos por Argentina para erradicar la corrupción (Leyes 24.759 y 26.097), lo cual se traduce en “un mayor rigor al apreciar los hechos a la hora de adoptar decisiones en causas que involucren el manejo de fondos y bienes públicos”.
Centeno está sometido a proceso desde hace más de siete años, se acogió al régimen de imputados colaboradores e integra el Programa Nacional de Protección de Testigos e Imputados del Ministerio de Seguridad de la Nación desde el 3 de agosto de 2018.
En este proceso −que se originó en una investigación de LA NACION−, la hipótesis es que Cristina Kirchner, junto con Néstor Kirchner, montaron un sistema de recaudación de coimas que pagaron empresarios para mantener sus contratos de obras públicas.
Centeno registró en ocho cuadernos los viajes que hacía en su remis transportando a los entonces funcionarios del ministerio que comandaba Julio De Vido, quienes cobraban la plata en efectivo, la trasladaban en bolsos y esos viajes terminaban en dependencias oficiales, o en algunos casos en el departamento de Cristina Kirchner en Recoleta.
FUENTE : LA NACIÓN
