Alerta billeteras virtuales: este es el monto máximo que puede tener sin que se informe a ARCA
Las billeteras virtuales son herramientas financieras esenciales para los contribuyentes, ya que permiten manejar el dinero de forma fácil y sencilla. En este contexto, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó los montos topes por los cuales los bancos y FinTech deberán reportar las operaciones.
Es clave conocer los límites vigentes para evitar problemas a futuro y saber qué hacer en caso el organismo fiscal solicite información.
¿Cuánto dinero puedo tener en una billetera virtual sin declarar?
El organismo fiscal informó que los contribuyentes considerados personas físicas podrán tener en sus billeteras virtuales o aplicaciones de homebanking hasta $ 50 millones sin tener que declarar.
En la misma línea, en caso de las personas jurídicas tendrán un tope menor de hasta $ 30 millones. En ambos casos, si se tiene cantidades superiores de dinero, solicitar una justificación de fondos.
¿Cómo quedaron los otros montos máximos para transferencias?
En línea con los topes para los saldos mensuales, ARCA amplió los techos para otras operaciones. Durante octubre, los máximos son:
Transferencias y acreditaciones: hasta $ 50.000.000 para personas físicas y $ 30.000.000 para jurídicas.
Extracciones en efectivo: límite de $ 10.000.000.
Saldos bancarios al cierre del mes: máximo de $ 50.000.000 para particulares y $ 30.000.000 para empresas.
Plazos fijos: hasta $ 100.000.000 en personas físicas y $ 30.000.000 en jurídicas.
Tenencias en sociedades de bolsa: tope de $ 100.000.000 para individuos.
Compras como consumidor final: se permiten hasta $ 10.000.000 sin necesidad de justificar.
Pagos de todo tipo: límite de $ 50.000.000 para personas físicas y $ 30.000.000 para jurídicas.
Cabe recordar que, si bien no hay un límite de operaciones mensuales, se tomará en cuenta el monto total acumulado.
¿Qué documentos puede pedir ARCA si supero estos montos?
Cuando una persona o empresa supera los límites establecidos, el organismo fiscal podrá exigir documentación que respalde el origen del dinero. Los mismos podrán ser:
Recibos de sueldo o comprobantes de jubilación
Declaraciones juradas de impuestos
Facturas por ventas o servicios
Constancias de transferencias anteriores
En caso no se pueda justificar los fondos, ARCA podrá aplicar sanciones económicas y hasta bloquear las cuentas involucradas.
FUENTE : EL CRONISTA