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Anses implementó cambios en la pensión por viudez: quiénes dejarán de cobrar la prestación en agosto

Tras la decisión del Gobierno de suspender la moratoria previsional, que permitía jubilarse a personas a aquellas personas que no contaran con los 30 años de aportes, hubo modificaciones en los requisitos para aceder a una pensión por fallecimiento.

Desde este año, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) determinó que dichas personas solo puedan acceder a la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM). Sin embargo, esto también implicó la suspensión de una de las pensiones más importantes.

La moratoria previsional era un mecanismo que permitía a las personas en edad de jubilarse, pero sin la cantidad de años de aportes necesaria, regularizar su situación. Esto se hacía a través de un plan de pagos que les posibilitaba acceder a una jubilación completa.

A partir de la suspensión de esta herramienta, la ANSES estableció que aquellos que cumplan la edad jubilatoria sin los aportes requeridos podrán acceder únicamente a la PUAM, una prestación que equivale al 80% de un haber jubilatorio mínimo. A diferencia de una jubilación tradicional, no genera derecho a una pensión por viudez para el cónyuge o conviviente en caso de fallecimiento del beneficiario.

Una de las consecuencias más significativas de este cambio es que los titulares de la PUAM no podrán transferir un derecho de pensión a sus parejas. Esto se aplica incluso si la persona fallecida estaba cobrando un haber previsional a través de este sistema.

Requisitos de acceso a la pensión por viudez
La pensión por viudez continuará vigente para quienes se encuentren dentro del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), es decir, para los jubilados bajo el régimen tradicional que cumplieron con los 30 años de aportes.

Para los cónyuges, es necesario presentar la partida de casamiento actualizada. Este documento debe ser emitido con fecha posterior al fallecimiento del titular.

En el caso de los convivientes, la normativa establece la necesidad de acreditar un mínimo de cinco años de convivencia inmediatamente anteriores al fallecimiento del causante. Este requisito se reduce a dos años si de la unión hubo hijos en común.

Los hijos del fallecido también pueden acceder a la pensión. Los requisitos son ser menor de 18 años, soltero y no percibir otra prestación previsional. Si el hijo tiene una discapacidad, no existe límite de edad para la recepción del beneficio.

Requisitos para solicitar la PUAM
La PUAM es una prestación no contributiva que otorga el 80% del haber mínimo. Los beneficiarios acceden a los servicios de PAMI y a las asignaciones familiares.

Los requisitos para acceder a este beneficio son los siguientes: el solicitante debe tener 65 años o más de edad. No debe ser titular de ninguna jubilación, pensión o seguro de desempleo.Además, el aspirante debe ser argentino nativo o naturalizado con una residencia en el país de al menos 10 años, o un extranjero con al menos 20 años de residencia. Se exige mantener la residencia permanente en Argentina.

FUENTE : CRÓNICA

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