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Salta: imputan y dictan la prisión preventiva a una pareja que llevaba 27 kilos de cocaína a La Rioja ocultos en el tanque de combustible del auto

El juez federal de Garantías N°1, Julio Bavio, declaró legal la detención de un hombre y una mujer, imputándolos por transporte de estupefacientes como coautores. La pareja fue arrestada por la Gendarmería Nacional durante un control vehicular en la ruta 68, cerca de Cafayate, donde transportaban más de 27 kilos de cocaína en el tanque de combustible de su automóvil.

Siguiendo el requerimiento de la fiscal subrogante Paula Gallo, el juez ordenó la prisión preventiva de G.G.G. y C.A.A., además de solicitar peritajes y fijar un plazo de 60 días para la investigación.

Durante la detención, G.G.G. conducía un Chevrolet Cruze y C.A.A. era su acompañante. La pareja fue detenida alrededor de las 2:00 a.m. cuando el vehículo fue parado para un control de rutina. G.G.G. dijo que venía de Orán y se dirigía a La Rioja, pero los gendarmes notaron que él era el propietario del auto desde hacía pocos días y que el vendedor registrado no coincidía con su nombre.

Las sospechas aumentaron al observar que los soportes del tanque de combustible parecían manipulados. Tras solicitar la intervención de la fiscalía, se realizó una requisa más profunda, encontrando 30 paquetes de cocaína en el tanque, con un peso total de más de 27 kilos. Ambos fueron detenidos y se incautaron sus teléfonos celulares.

La fiscal Paula Gallo fundamentó la acusación, solicitando la legalidad de la detención y autorizando peritajes sobre la droga y los dispositivos móviles, así como registros de llamadas y geolocalización.

Gallo pidió prisión preventiva para ambos, argumentando la gravedad del delito, el riesgo para la salud pública y la imposibilidad de beneficios condicionales, dado que la pena varía de 4 a 15 años. También destacó el riesgo de fuga y la logística necesaria para el transporte de la droga.

La defensa no objetó la imputación ni la prisión preventiva de G.G.G., pero solicitó arresto domiciliario para C.A.A., argumentando que su papel fue secundario. La fiscalía refutó esta afirmación, señalando que no había pruebas que respaldaran su rol como acompañante, y que no se encontraron prendas de vestir en el auto que sugirieran un viaje de compras.

El juez Bavio, al resolver, destacó la negativa de los acusados a proporcionar los patrones de desbloqueo de sus teléfonos y coincidió con la fiscalía, rechazando el arresto domiciliario para C.A.A. y confirmando su rol como coautora del delito. También ordenó la prisión preventiva de G.G.G., señalando que no se pudo verificar su arraigo, ya que el domicilio proporcionado no fue confirmado por sus familiares.

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