Reforma laboral: indemnización, trabajador independiente y otros cambios

El gobierno de Javier Milei implementó este jueves una reforma laboral que beneficia a los empresarios, especialmente en el despido de trabajadores, dejándolos en mayor indefensión. La eliminación de la indemnización por despido, sustituida por un fondo de cese laboral que a veces se financiará con aportes de los propios trabajadores, es el cambio más significativo. Desde hoy, en ciertas ramas productivas acordadas con los sindicatos, los trabajadores pagarán su propio despido.

Esto se formalizó en el Decreto 847/2024, publicado en el Boletín Oficial, firmado por Milei y sus ministros. Aunque el Gobierno celebró una “modernización histórica” de las leyes laborales, en realidad se trata de una flexibilización que busca reducir el “costo laboral”. Esto significa que contratar y despedir trabajadores será más barato, permitiendo incluso despidos sin compensación en algunos casos.

Luis Campos, investigador del Instituto de Estudios y Formación de la CTA – Autónoma, destacó que los sindicatos tendrán control sobre las indemnizaciones, que pueden ser reducidas o incluso financiadas con aportes de los trabajadores. Los fondos de cese reemplazan la indemnización por despido y solo se establecerán en negociaciones colectivas.

Los convenios colectivos podrán fijar tres sistemas de indemnización: cancelación individual, fondo de cese, y seguros, pero serán optativos para los empleadores. Si no están de acuerdo, pueden optar por el antiguo régimen de indemnización equivalente a un mes de salario por cada año de antigüedad, aunque los trabajadores podrían ser forzados a aceptar las nuevas condiciones para conseguir empleo.

El fondo de cese puede manejarse a través de cuentas bancarias, fondos de inversión y fideicomisos financieros, y la cuantía de las indemnizaciones dependerá de lo que se negocie, sin ninguna garantía mínima. Esto implica que un trabajador despedido solo recibirá lo que haya acumulado en el fondo, sin protección contra la inflación.

Además, la reforma incluye un blanqueo de empleados no registrados, permitiendo condonar deudas por aportes, lo que favorece a los empleadores que han incumplido obligaciones laborales. También se simplificó el registro laboral, reduciendo los datos requeridos de 22 a 7.

El artículo 94 de la nueva ley considera “grave injuria laboral” la participación en bloqueos durante conflictos gremiales, lo que puede justificar despidos, pero aún no se ha reglamentado. Esto genera incertidumbre, ya que cada despido en este contexto podría ser sometido a juicio.

Por último, el artículo 97 crea la figura del trabajador independiente, que podrá contratar hasta tres colaboradores sin relación de dependencia, aumentando el riesgo de precarización laboral, un punto muy criticado por la CGT.