CD: El cuerpo deliberativo modificó los montos de las multas por infracción a diversas ordenanzas
Los concejales analizaron y sancionaron la Ordenanza que modifica los montos de diversas multas por infracción a las normativas de Habilitaciones e Inspecciones de la ciudad de Salta, el Código de Edificación, Paseo Balcarce, Gestión Integral de Residuos Urbanos (G.I.R.U.), y Preservación del Ambiente. Es preciso indicar que el expediente fue remitido por las Secretarías de Legal y Técnica y de Hacienda de la Municipalidad de la ciudad de Salta.
Con los cambios incorporados en la Ordenanza N° 15.292, que regula Habilitaciones e Inspecciones en la ciudad de Salta, se establecen nuevos montos para las multas en casos de falseamiento, omisión u ocultamiento de datos y/o documentación, así como en las presentaciones realizadas con carácter de declaración jurada.
En relación a la Ordenanza N° 13.778, que corresponde al Código de Edificación, las modificaciones se centran en las multas atribuibles al Proyectista, al Director Técnico, a los Ejecutores y al Propietario en los casos de obras realizadas por administración. También abordan las sanciones para los propietarios que lleven a cabo construcciones en violación a las disposiciones del Código de Planeamiento Urbano Ambiental (C.P.U.A.).
Además, se consignan cambios en las sanciones por la transgresión a la norma N° 15.238, que rige el Paseo Balcarce en relación a los artículos 15, 18 y 20, así como en la desvirtuación del rubro bajo los cuales fuesen habilitados los locales, entre otros puntos. Se suma la modificación a las infracciones a la Ordenanza N° 15.415, de Gestión Integral de Residuos Urbanos (G.I.R.U.), en el caso de colocar residuos no permitidos en la vía pública; dejar vehículos abandonados o estacionados de manera tal que impiden o entorpezcan el normal desarrollo de las tareas de limpieza; producir, provocar o permitir ensuciar calzadas u otras vías de circulación o espacios públicos con materiales áridos, entre otros aspectos. Asimismo, en el caso de la Ordenanza N° 15.675, sobre la Preservación del Ambiente, se introducen modificaciones en las multas por llevar a cabo tareas de forestación, reforestación o parquización en Espacios Verdes Públicos sin autorización previa de la Autoridad de Aplicación.